La Prisión General de 1749: la Gran Redada contra el pueblo gitano • David Martín
David Martín elaboró su tesis doctoral sobre el pueblo gitano en Euskal Herria, y después la convirtió en libro. Este trabajo repasa más de cinco siglos de historia, analizando la forma en que llegaron, sus oficios, su lengua, sus genealogías, la represión inquisitorial y la legislación antigitana a la que se enfrentaron... En este fragmento recordamos la gran redada de 1749, que acabó con miles de personas apresadas y cuyo inicio se produjo un 30 de julio.
La necesidad de la administración de atajar una situación de descontento con respecto a ciertas actitudes de los miembros del pueblo gitano, motivaron un despliegue represor desde mediados del siglo XVIII a comienzos del XIX contra ellos nunca visto hasta ese momento en Euskal Herria.
En Hegoalde, la política legislativa contra los gitanos durante el reinado de Fernando VI, con el ministro Ensenada como máximo valedor de una postura radical para acabar con la cuestión gitana, merece ser subrayada por su dureza. Nada más acceder al trono el nuevo rey, en 1746, emitió una nueva disposición que seguía la línea de las dadas por Felipe V, ordenando un censo con el fin de empadronar en las poblaciones establecidas a tal efecto a todas las familias gitanas. El control aplicado con esta nueva pragmática fue muy riguroso, ya que incluso los gitanos que se tenían que desplazar por motivos laborales debían pedir al corregidor un salvoconducto donde se indicaba la actividad que realizaban y los días necesarios para ello. Pero no fue nada comparado, en cuanto a dureza, con la siguiente ley, la pragmática de 1749, origen de la Prisión General de los gitanos o también llamada «Gran Redada de los gitanos».
Los sucesos de 1749, la Gran Redada, comenzaron cuando el 5 de julio de 1747 el obispo de Oviedo y gobernador del Consejo de Castilla, don Gaspar Vázquez Tablada, comunicó al rey Fernando VI la conveniencia de realizar una prisión general de gitanos y gitanas. La idea era enviar a todos los hombres a los arsenales de los tres Departamentos de la Marina española (Cádiz, Ferrol y Cartagena) sustituyendo así a los peones que trabajaban en sus construcciones. La abolición de la pena de galeras había permitido la existencia de instituciones penitenciarias alternativas como estos arsenales. Las mujeres y los niños tendrían como destino la reclusión en depósitos-prisiones.
Según Vázquez Tablada, la coyuntura era la idónea, ya que confluían dos circunstancias que hacían prever un éxito indudable de la redada: por un lado, la operación de reasentamiento iniciada por la pragmática de 1717 que permitía conocer con certeza los lugares de domiciliación de los gitanos –aunque su cálculo fallaba cuando de Euskal Herria se trataba, lugar donde no les era permitido su asentamiento–; por otro lado, el pacto existente entre Iglesia y Estado sobre la extracción de los lugares sagrados de los gitanos que escapaban de la justicia. Fernando VI aceptó la sugerencia del obispo, tras la cual parece que estaba la mano del Marqués de la Ensenada.
Miles de gitanos y gitanas apresadas
La redada fue ordenada para el miércoles 30 de julio de 1749. Esta primera operación logró una captura de un número de gitanos y gitanas que osciló entre 9.000 y 12.000. Aunque quedó demostrada la capacidad policial, no sucedería lo mismo con el resto de la operación. Se superaron todas las previsiones para poder soportar el alojamiento, alimentación, vestuario y vigilancia de tan elevado número de reclusos. La llegada de los gitanos a los arsenales y las gitanas a los depósitos donde debían instalarse provocaron numerosos problemas de logística, ya que el propio sigilo que había precedido tal operación había cogido por sorpresa a sus custodios. Se necesitaban tropas de vigilancia, comida y espacio habilitado, pero el secreto de la medida había desbordado y sorprendido a las autoridades que recibían estos nuevos inquilinos. Además, desde los arsenales se vio que, salvo los herreros, los detenidos no tenían especialización laboral.
Pronto surgieron más voces que las de los propios gitanos, denunciando el carácter indiscriminado de la redada, manifestando que no todos merecían esta medida preventiva de seguridad solo por el hecho de pertenecer a un grupo humano determinado. Poco a poco se fueron abriendo informaciones para establecer a quiénes podían volver a dejar en libertad, y, aunque fueron muchos los que la consiguieron, todos habían sido despojados ya de sus bienes, vendidos para costear la redada. Solo un grupo reducido quedaría en los arsenales y depósitos, aprovechando cualquier ocasión para la fuga.
La operación se cebó contra aquel sector de gitanos y gitanas que estaba en una fase de asimilación más avanzada, algo normal si se piensa que la detención de la mayoría se hizo a partir de los censos de los domicilios realizados los años anteriores, y, por tanto, de familias que tenían residencia fija, dejando de lado a aquellos que vivían de manera menos sedentaria. Además, las autoridades se encontraron con un importante dilema ya que los matrimonios mixtos entre gitanos y no gitanos eran una realidad. Después de que las autoridades solicitasen instrucciones para saber qué hacer con los cónyuges, se tuvo que resolver disponiendo la aplicación del ius mariti, es decir, absolviendo solo a la parte gitana cuando el marido no lo era.
A Euskal Herria llegaron también las órdenes reales con la firma del Marqués de la Ensenada, y a cada villa vasca se le envió una carta con una copia de la misiva del citado marqués, donde se recogía la decisión de prender a todos los gitanos. No se debía realizar distinción entre gitanos avecindados y vagantes, ni tampoco se debía diferenciar por edad, sexo o estado civil. El refugio eclesiástico no tenía validez, por haberlo convenido así con el mismo nuncio del papa, y los bienes incautados debían ser inventariados y subastados para hacer frente a los gastos de la operación. Los corregidores, como el de Gipuzkoa, respondieron que aunque «por sus fueros» no pueden residir gitanos ni gitanas en «su territorio», se lo iban a comunicar a los alcaldes por si alguna persona gitana entra en «su jurisdicción», conservando así la nobleza y limpieza de los habitadores de la provincia. No faltaron ejemplos prácticos de la redada en Hegoalde, como se ve en el siguiente caso.
El corregidor de Gipuzkoa, ante la cuestión de unos gitanos apresados en Oiartzun por su alcalde, aseguró a la Corte que serían conducidos a Tolosa y de ahí a los destinos que tuviese a bien establecer el Marqués de la Ensenada. Sobre el papel, las órdenes eran claras, pero en la práctica el alcalde de Oiartzun se impacientaba y quería acelerar su traslado a Tolosa, ya que el mantenimiento de los cuatro varones, dos de ellos niños, y siete mujeres, dos de ellas niñas, y sus bienes, generaban numerosos gastos difíciles de afrontar. Aunque en un principio el corregidor estableció que por Orden Regia se debía suspender la venta de los bienes, el alcalde de Oiartzun los subastó para ir aliviando los egresos. Los bienes que requerían un cuidado diario y alimento como los animales, fueron vendidos en pública almoneda, mientras que los otros fueron depositados en algún almacén a la espera de resolver la cuestión penal de los encausados. Cuando finalmente se decidió trasladar a los reos hasta Tolosa, estos ingresos se utilizaron para pagar la comida y conducción de los presos a la cárcel de esa plaza, el mantenimiento de los guardas durante el tiempo que tardaron en transferirlos hasta allí, más lo que debieron pagar a los guardas que acompañaron al alcalde en el momento de su apresamiento. En el caso que se está comentando, fueron cinco los guardas y tardaron más de un día en llegar desde Oiartzun hasta Tolosa. A ello se sumó el dinero que gastaron en alimentos mientras estaban presos en la casa concejil, los gastos generados en las diferentes diligencias y embargos de sus bienes y su traslado e inventario enviado a la Diputación, o los derechos del escribano de la almoneda. Con esta enumeración de gastos, se refuerza la idea de lo costoso que era ejecutar estas órdenes de apresamiento.
David Martín, extracto del libro El pueblo gitano en Euskal Herria.
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El autor
David Martín (Errenteria, 1980) es Doctor en Historia, título que consiguió tras defender su tesis doctoral El pueblo gitano en el País Vasco y Navarra (1435-1802). Además de realizar artículos sobre el pueblo gitano en la Guerra Civil española, las disposiciones antigitanas de la Época Moderna, o los kaskarotak o gitanos marineros, tanto en revistas de carácter científico como divulgativo, también, dentro de la asociación AGIFUGI, ha realizado la labor de guion-documentación para el cómic sobre la historia del pueblo gitano Miguel y Nekane, y el cortometraje Memoria gitana, sobre las vivencias de los gitanos vasco-navarros durante el conflicto del 36-39.
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